CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE
El pasajero deberá abordar el vehículo en la oficina o terminal de la empresa, con media hora de anticipación a la hora que indica el pasaje.
Tiquete válido para la fecha, vehículo, puesto, destino y ruta anotada según nivel de servicio, el pasajero tiene derecho a transportar hasta 15 kilos de equipaje personal sin sobreprecio. La empresa solo es responsable de la pérdida o avería de de equipajes que hayan entregado en custodia al conductor o a sus dependientes y no olvide exigir su tiquete de equipaje (Artículo 1003 del Código de Comercio)
Denuncie ante la empresa la conducción peligrosa, el exceso de velocidad y toda irregularidad que observe durante el viaje al teléfono (604) 322-47-54 en Medellín o a través de nuestro sistema de PQRS en la página web www.surandina.com.co
Los conductores de los vehículo que prestan servicio público para pasajeros no aditirá, ni transportarán a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas o sustancias psicoactiva.
Cuando algún usuario profiera expresiones injuriosas o groseras, promueva riñas o cause cualquier molestia a los demas pasajero, el conductor dentendrá la marcha y dará aviso a la autoridad policiva más cercana para que furce al perturbador a abandonar el vehículo.
El presente contrato se encuentra impreso en la parte posterior del tiquete y en la página web de la empresa y al efectuar la compra del tiquete, el pasajero manifiesta que el contrato fue leído y comprendido por el, por lo que manifiesta que entiende cada una de las cláusulas contenidas en él.